martes, 12 de diciembre de 2017

IRA

Esto es lo que puedes hacer para reducir tu factura fiscal de cara al año que viene

Desde que arranca el año y hasta el último día del mismo, el contribuyente puede y debe trabajar para prever su factura fiscal, es decir, lo que acabará pagando por sus ingresos y ganancias del ejercicio a Hacienda, y por supuesto, para poder mejorarla, especialmente cuando toque presentar la famosa declaración de la renta, que se realiza entre principios del mes de abril y se extiende al último día junio .
Esta sensación de lejanía hace que no se prepare correctamente, haciendo que nos arrepintamos por no haber tomado medidas para mejorar el resultado final. Por ello, aprovechemos ahora que todavía estamos a tiempo para mejorar nuestra situación fiscal y conseguir mejores resultados cuando presentemos la declaración.

Control de ingresos y pagos por retenciones

Los meses finales del año son perfectos para repasar nuestra situación fiscal y poner en marcha medidas que ajusten o mejoren la misma. El punto de arranque es controlar lo pagado hasta este momento y lo que todavía tenemos pendiente de pagar hasta el final del ejercicio. Nuestro sistema fiscal está basado en un pago anticipado de los impuestos por la mayoría de nuestros ingresos, que se realiza cuando estos se producen, más conocidas como retenciones a cuenta, aplicadas sobre nuestra nómina, en las facturas que emiten los autónomos o en los intereses de cuentas y depósitos, por ejemplo. 
Las retenciones son, por tanto, anticipos de lo que vamos a pagar y no cantidades definitivas; puede darse el caso de que sean insuficientes y tengamos que abonar una cantidad adicional cuando hagamos la declaración, que es la liquidación definitiva del impuesto. Esta cuota diferencial es lo que comúnmente se conoce como cantidad a pagar o cantidad a devolver, en función de si la declaración nos sale con signo negativo o positivo.
En todo caso, nunca hay que olvidar el carácter provisional de los abonos realizados a lo largo del año a la Agencia Tributaria y con ello, la necesidad de comprobar si las cantidades ingresadas se ajustan a lo que tengamos que pagar.  Por esta razón, es convienente simular el resultado de la declaración, algo que incluso podemos hacer de forma aproximada con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria del año anterior.
Según la naturaleza de nuestros ingresos, la declaración y su resultado puede ser más o menos fácil de determinar. El caso más sencillo se encuentra en un asalariado que no tenga otros ingresos o que apenas tengan importancia (como los derivados de cuentas bancarias). En teoría, la empresa buscará que las retenciones tengan un efecto neutral, es decir, que lo que retenga a lo largo del año sea lo más parecido al resultado en tu declaración y así que el resultado positivo o negativo sea muy pequeño. 
No obstante, cualquier cambio en las circunstancias personales que no se informen pueden llevar a que estas retenciones estén mal calculadas y que, de repente, tengamos ajustes al alza o a la baja en las nóminas de los últimos meses; pero también que tengamos otros ingresos que hagan que sean insuficiente. 

Reducir tu factura fiscal con deducciones


Una de las mejores opciones para cambiar nuestro resultado fiscal es contratando y maximizando las posibilidades fiscales que ofrecen los diversos instrumentos financieros que tenemos a nuestra disposición. Uno de los ejemplos más claros lo tenemos en los planes de pensiones y otros productos de previsión para la jubilación. Estos dan derecho a una deducción en la base imponible del impuesto con unos límites que son actualmente de 8.000 euros o el 30% de nuestros ingresos por trabajo o actividades profesionales, el menor de ellos.  Por ello, uno de los cálculos que tenemos que hacer antes del cierre del año es ver si hemos o no superado estos límites y si podemos hacer aportaciones adicionales.
Lo aportado siempre disminuirá lo que finalmente paguemos en nuestra declaración de la renta e incluso llevar a que esta sea negativa, además de aumentar el capital de cara a nuestra jubilación, por lo que es muy atractivo considerar este tipo de aportaciones.
Otro ejemplo claro de maximizar nuestras deducciones lo conseguiremos estudiando las del tramo autonómico, aquellas que tenemos derecho por vivir en alguna Comunidad Autónoma. Actualmente, aunque hacemos sólo una declaración, distribuimos la cantidad a pagar en dos tramos: uno para el Estado y otro para la autonomía. 
Existen deducciones de todo tipo y varían en función la comunidad: libros de texto, seguros de salud, gastos de cuidado de menores o de ascendientes mayores de 65 años, cursos de idiomas, guarderías y hasta seguros… Las posibilidades son muchas y en bastantes ocasiones pasan desapercibidas por el contribuyente. Para evitarlo, hay que conocer y estudiar en qué consisten, si tenemos derechos a la misma y asegurarse de que se cumplen los requisitos recabando en estos meses finales la información necesaria que justifique la misma (con facturas de gasto, por ejemplo), de cara a presentar nuestra declaración en la próxima primavera.

Ajustar pérdidas y ganancias

Otra de las opciones para reducir nuestra factura fiscal es comprobar si podemos ajustar alguna pérdida con alguna ganancia del ejercicio. Por ejemplo, si hemos conseguido una rendimiento positivo con un fondo de inversión o con la venta de acciones, por ejemplo, puede convenirnos vender otro producto que tengamos desde hace tiempo en pérdidas para compensar las mismas.

¿Conviene ajustar nuestra retención?

Por último, revisemos las retenciones, no sólo por los cambios de las circunstancias personales que hemos mencionado sino por la incidencia de los contratos con un plazo inferior a un año. En estos casos, la retención mínima obligatoria es de tan sólo un 2%. Si ha tenido o tiene otros ingresos, este pago a cuenta puede ser insuficiente y el contribuyente tendrá que pagar a la hora de su declaración. 
¿Conviene, por tanto, elevar la retención? Si pensamos sólo en términos financieros, siempre es mejor pagar menos mes a mes por anticipado y liquidar más tarde (hasta el 30 de junio, último día para ello). Pero no debemos olvidar y tener controlada esta circunstancia y tendremos que tener ese dinero disponible para realizar el pago. La Agencia Tributaria nos ofrece una ventaja adicional: no tenemos que abonar la totalidad a pagar en ese momento, pudiendo aplazar un 40% hasta el mes de noviembre sin ningún coste o interés. Pero, aun así, son muchos los que prefieren retener más para no tener sustos a posteriori.
No obstante, como hemos señalado, es el contribuyente que sólo o con ayuda de un profesional debe siempre controlar como van sus pagos y las posibilidades de deducción, buscando todas las ventajas que nos ayuden a pagar menos y tener controlados nuestros impuestos.
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